Alrededor del 25% de la población española ya establece su vivienda mediante un contrato de alquiler. No hay ninguna duda de que esta fórmula no deja de aumentar, siendo una opción con muchos adeptos, sobre todo en el sector joven.
Pero las leyes cambian a menudo y ante la inflación inminente, muchos se preguntan por cuánto tiempo podrán bloquear el coste fijo de la vivienda mediante la firma de un contrato. Hoy te damos las respuestas mediante el presente artículo.
Tiempo vigente de un contrato de alquiler
Ante todo, cabe señalar que un contrato de alquiler siempre debe establecer una fecha de inicio y una de finalización. En otras palabras, nunca se tratará de un acuerdo con plazo indefinido.
Como el contrato obliga a las dos partes, tanto arrendador como arrendatario, el tiempo de duración es un año. O sea, durante ese año ni el arrendador puede cambiar las condiciones del contrato ni el arrendatario puede dejar de pagar cantidad alguna cada mes.
Pero el arrendatario tiene un derecho superior: puede prolongar la duración del contrato hasta los 3 años, si así lo desea.
Aunque en el pasado reciente, con leyes anteriores, se han firmado contratos prolongables a 5 años, ese no es el caso actual. Recalcamos: un contrato de alquiler actual ordinario dura 3 años.
Así que aunque el propietario de la vivienda quiera subir el precio, finalizar el contrato o realizar otras modificaciones, no tiene el derecho de hacerlo hasta que se cumpla el tiempo establecido. Solo hay una excepción: que necesite la vivienda para él mismo o un familiar de primer grado.
Por supuesto, esto son generalidades pero en cada contrato de alquiler se pueden especificar cláusulas concretas para atender las situaciones particulares entre inquilino y propietario.
En BRGI somos el puente que comunica a arrendatarios y arrendadores, procurando a ambos las condiciones más justas. Si deseas ofrecer un piso o casa para alquilar, contacta con nosotros.